Uso de la fuerza letal en Bolivia: ¿qué permite la ley?
Lo esencial: El uso de fuerza letal (armas de fuego) por parte de la Policía y las FFAA en Bolivia está regulado por cinco pilares legales que establecen como último recurso bajo los principios de necesidad y proporcionalidad.
Por qué importa: El debate se reavivó tras los enfrentamientos en Cotapachi-Colcapirhua en los que dos personas perdieron la vida y se tiene al subteniente Joaquín Castellón bajo investigación.
El marco legal: La normativa boliviana establece cinco pilares fundamentales.
- Constitución Política del Estado que asigna roles a Policía y FF.AA.
- Convenios y tratados internacionales de cumplimiento obligatorio.
- Ley Orgánica de la Policía Boliviana del 18 de diciembre de 1961.
- Ley N° 400 de Control de Armas del 18 de septiembre de 2013.
- Manual del Uso de la Fuerza en Conflictos Internos (DS N° 27977).
Cuándo es legal: Las armas sólo pueden usarse en situaciones de extrema necesidad.
- Legítima defensa ante agresión ilegítima actual o inminente que ponga en riesgo la vida.
- Respuesta al fuego solo si existe agresión armada previa en operaciones internas.
- Prohibido usar el arma reglamentaria fuera de servicio.
Los principios rectores: El Manual del Uso de la Fuerza impone cuatro límites claros.
- Necesidad: no hay alternativa eficaz distinta al arma.
- Proporcionalidad: la respuesta debe guardar relación con la agresión.
- Racionalidad: decisión lógica y, de ser posible, advertencia previa.
- Discriminación: actuar solo contra quien representa la amenaza
Las sanciones: La Ley N° 400 prevé penas de hasta 30 años de presidio sin indulto por tráfico ilícito o robo de armamento, 10 años por alteración de marcas y 2 a 4 años por ostentación pública ajena al servicio. No existe fuero especial.
El procedimiento: Cada intervención con arma de fuego exige reporte inmediato, aseguramiento del arma, pericias balísticas, reconstrucción de hechos y control fiscal para determinar si se cumplieron los principios rectores.
Casos recientes: Los enfrentamientos en Cotapachi-Colcapirhua provocaron dos decesos y la investigación por homicidio al subteniente Joaquín Castellón por realizar disparos durante un enfrentamiento.
- La Asociación Nacional del Servicio Pasivo Policial respaldó al oficial señalando que actuó para reducir el riesgo.
- La muerte de cuatro efectivos por ataques con disparos, pedradas y explosivos en junio de 2025 durante un operativo de desbloqueo en Cochabamba y Llallagua intensifica el debate del uso de la fuerza letal por parte de la Policía en el país.
- En esos ataques fallecieron el teniente Brayan Barrozo Rodríguez, el teniente Carlos Apata Tola y el sargento primero Jesús Mamani Morales en Llallagua (Potosí) y el subteniente Christian Calle Alcón en Confital (Cochabamba).
Entre líneas: La controversia surge también ante la queja de oficiales de las condiciones en las enfrentan los conflictos sociales o turbas violentas, como el caso de San Carlos (Santa Cruz) donde un efectivo resultó policontuso tras ser atacado por 30 personas mientras verificaba vehículos sospechosos.
Qué sigue: La Fiscalía continúa evaluando si en el caso Cotapachi-Colcapirhua la agresión fue actual o inminente, si existió respuesta al fuego y si la fuerza empleada fue proporcional.
