Ilustración: El Post

Uso de la fuerza letal en Bolivia: ¿qué permite la ley?

Lo esencial: El uso de fuerza letal (armas de fuego) por parte de la Policía y las FFAA en Bolivia está regulado por cinco pilares legales que establecen como último recurso bajo los principios de necesidad y proporcionalidad.

Por qué importa: El debate se reavivó tras los enfrentamientos en Cotapachi-Colcapirhua en los que dos personas perdieron la vida y se tiene al subteniente Joaquín Castellón bajo investigación.

El marco legal: La normativa boliviana establece cinco pilares fundamentales.

  • Constitución Política del Estado que asigna roles a Policía y FF.AA.
  • Convenios y tratados internacionales de cumplimiento obligatorio.
  • Ley Orgánica de la Policía Boliviana del 18 de diciembre de 1961.
  • Ley N° 400 de Control de Armas del 18 de septiembre de 2013.
  • Manual del Uso de la Fuerza en Conflictos Internos (DS N° 27977).

Cuándo es legal: Las armas sólo pueden usarse en situaciones de extrema necesidad.

  • Legítima defensa ante agresión ilegítima actual o inminente que ponga en riesgo la vida.
  • Respuesta al fuego solo si existe agresión armada previa en operaciones internas.
  • Prohibido usar el arma reglamentaria fuera de servicio.

Los principios rectores: El Manual del Uso de la Fuerza impone cuatro límites claros.

  • Necesidad: no hay alternativa eficaz distinta al arma.
  • Proporcionalidad: la respuesta debe guardar relación con la agresión.
  • Racionalidad: decisión lógica y, de ser posible, advertencia previa.
  • Discriminación: actuar solo contra quien representa la amenaza

Las sanciones: La Ley N° 400 prevé penas de hasta 30 años de presidio sin indulto por tráfico ilícito o robo de armamento, 10 años por alteración de marcas y 2 a 4 años por ostentación pública ajena al servicio. No existe fuero especial.

El procedimiento: Cada intervención con arma de fuego exige reporte inmediato, aseguramiento del arma, pericias balísticas, reconstrucción de hechos y control fiscal para determinar si se cumplieron los principios rectores.

Casos recientes: Los enfrentamientos en Cotapachi-Colcapirhua provocaron dos decesos y la investigación por homicidio al subteniente Joaquín Castellón por realizar disparos durante un enfrentamiento.

  • La Asociación Nacional del Servicio Pasivo Policial respaldó al oficial señalando que actuó para reducir el riesgo.
  • La muerte de cuatro efectivos por ataques con disparos, pedradas y explosivos en junio de 2025 durante un operativo de desbloqueo en Cochabamba y Llallagua intensifica el debate del uso de la fuerza letal por parte de la Policía en el país.
  • En esos ataques fallecieron el teniente Brayan Barrozo Rodríguez, el teniente Carlos Apata Tola y el sargento primero Jesús Mamani Morales en Llallagua (Potosí) y el subteniente Christian Calle Alcón en Confital (Cochabamba).

Entre líneas: La controversia surge también ante la queja de oficiales de las condiciones en las enfrentan los conflictos sociales o turbas violentas, como el caso de San Carlos (Santa Cruz) donde un efectivo resultó policontuso tras ser atacado por 30 personas mientras verificaba vehículos sospechosos.

Qué sigue: La Fiscalía continúa evaluando si en el caso Cotapachi-Colcapirhua la agresión fue actual o inminente, si existió respuesta al fuego y si la fuerza empleada fue proporcional.

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