Imagen referencial de la ruta que pasaría por el Tipnis. RRSS

Carretera Cochabamba-Beni: dos proyectos y la ruta por definir

Lo esencial: Dos proyectos de ley devolvieron la conexión vial Cochabamba-Beni a la Asamblea Legislativa. El PL 622/2025-2026 la declara prioridad nacional y propone abrogar la Ley 3477 de 2006, que rige el tramo Villa Tunari–San Ignacio de Moxos.

Por qué importa: El trazado es la decisión que define el costo ambiental, social y político de la obra, y es justamente la que sigue sin resolverse en el Legislativo.

  • Para el Beni está en juego una salida terrestre permanente hacia el occidente; para Cochabamba, el acceso a mercados y servicios del norte amazónico.

Dos proyectos, dos caminos

Fuente: textos de los proyectos de ley y reportes de Erbol/Sumando Voces, La Razón y Opinión
PL 622/2025-2026 PL 167
Cámara Diputados Senado
Impulsor Más de 20 legisladores Senador Wilder Véliz (PDC)
Enfoque Fija un marco legal y deja la ruta a estudios posteriores Plantea el denominado Corredor Vial del Norte
Trazado No lo define Plantea un trazado específico
TIPNIS El texto no determina si la vía lo atraviesa ni si lo evita El trazado reportado atraviesa el territorio
Requisitos previos Estudios técnicos, económicos, sociales y ambientales; consulta previa; licencia ambiental Criterios de las gobernaciones y de entidades ambientales y productivas
Estado del trámite En tratamiento en Diputados Trámite legislativo ordinario, tras rechazarse la dispensación

Qué dicen: La diputada Cecilia Requena advirtió que ningún trazo "puede irrespetar el objeto de creación del TIPNIS" y recordó que el artículo 385 de la Constitución define las áreas protegidas como bien común.

  • Los corregidores del TIPNIS se declararon en "emergencia y vigilia permanente" en el Voto Resolutivo 010/2026 y anunciaron la movilización de 76 comunidades si el proyecto avanza.

El antecedente clave: El tramo Villa Tunari–San Ignacio de Moxos tiene 36 años de respaldo legal: la Ley 1185 de 1990 autorizó gestionar financiamiento para sus estudios y la Ley 3477 de 2006 lo declaró prioritario. La VIII Marcha Indígena de 2011 derivó en la Ley 180, que declaró la intangibilidad del territorio, y esa norma fue abrogada por la Ley 969 en 2017.

  • El escenario jurídico actual no es el de 2011: hoy rigen la Ley 969, el régimen de consulta previa y la legislación ambiental vigente.

Sí, pero: Declarar una obra prioritaria no equivale a tenerla financiada. El PL 622 no asigna recursos y abre la puerta a alianzas público-privadas para conseguirlos.

Qué sigue: El PL 622 sigue en tratamiento en Diputados. Cuándo se lo lleve al pleno definirá si la discusión se abre en la etapa de estudios o se traba antes, en el mismo punto donde quedó en 2011.

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