Explosivos en un cuartel: qué dicen las normas y qué falta saber
Lo esencial: Cuatro normas públicas regulan los explosivos en Bolivia. Tres se ocupan de permisos, registros y competencias; la que dice cómo debe ser físicamente un depósito es un reglamento del Ministerio de Defensa de 2008.
- El reglamento interno del Ejército para sus propios depósitos no pudo consultarse para esta nota.
Por qué importa: El ministro Ernesto Justiniano ordenó investigar “las condiciones en las que se encontraba almacenado este material” en Viacha.
- Las normas publicadas son la referencia con la que cualquier lector puede seguir esa investigación y saber qué documentos deberían aparecer.
- Puede existir reglamentación interna de las Fuerzas Armadas que no fue posible revisar.
Las normas revisadas para esta nota
Textos completos leídos para esta nota, salvo el RI-06-18, cuyo texto no fue posible localizar. Puede existir otra reglamentación interna no consultada.Ley 1405, Orgánica de las Fuerzas Armadas
Da a Defensa la atribución de autorizar y fiscalizar la importación de explosivos y pone la fiscalización interna de las FF.AA. en la Inspectoría General, que depende del Comandante en Jefe.
PúblicaRI-06-18, Medidas de Seguridad del Ejército
Reglamento interno al que el reglamento de Defensa remite el manejo del material propio de las Fuerzas Armadas. No fue posible localizar ni consultar su texto.
No consultadaReglamento de la Unidad de Material Bélico (RM 0322)
Fija las condiciones físicas de un depósito: distancias, construcción, compatibilidad, capacidad y destino de lo decomisado. Escrita para empresas; Defensa no ha confirmado si sigue vigente tras 2014.
Pública Vigencia sin confirmarLey 400, de control de armas y explosivos
Clasifica la pirotecnia como explosivo de uso civil, concentra en Defensa registro y fiscalización, manda destruir lo confiscado en acto público y crea el delito de almacenaje peligroso, en la justicia ordinaria.
PúblicaDecreto Supremo 2175, reglamento de la Ley 400
Fija registros, informes mensuales e inspecciones de Defensa a depósitos de empresas. Remite las normas de seguridad a "la normativa vigente y la que determine el Ministerio de Defensa".
PúblicaLo que exige el reglamento de 2008: Fue escrito para empresas que importan, venden o usan explosivos, y les pide planos del depósito aprobados por Defensa, la Alcaldía y Tránsito, inspecciones y un seguro de responsabilidad civil.
- Fija cómo se construye un polvorín, cuánto puede contener, qué materiales pueden guardarse juntos y a qué distancia de un barrio debe estar según la cantidad y el tipo de explosivo.
- Su tabla de compatibilidad permite guardar pirotecnia junto con pólvora negra y boosters, los materiales que Defensa halló en el área. Que estuvieran juntos no infringe esa tabla.
- Defensa no ha confirmado si el reglamento sigue vigente después de la Ley 400 de 2013 y su decreto de 2014.
A qué distancia de un barrio debe estar un polvorín, según el reglamento
Distancia mínima a núcleos de población, en metros. Cálculo de El Post con las fórmulas del Anexo I del Reglamento de la Unidad de Material Bélico (2008)| Cantidad almacenada | División 1.1Explosión en masa: pólvora negra, boosters, TNT | División 1.3Incendio con onda o proyección: parte de la pirotecnia | División 1.4Riesgo menor: pirotecnia de bajo riesgo, munición de ejercicio |
|---|---|---|---|
| 100 kg | 93 m | 164 m | 28 m |
| 500 kg | 159 m | 214 m | 48 m |
| 1.000 kg | 200 m | 240 m | 60 m |
| 5.000 kg | 342 m | 314 m | 103 m |
El camino de lo decomisado: El reglamento dispone que el explosivo decomisado espere un plazo en un almacén que cumpla sus normas de seguridad y que luego se destruya o se transfiera "a unidades militares".
- La Ley 400 agregó en 2013 que el material confiscado se registra al recibirlo y se destruye en acto público.
- Según reportes de prensa, parte de la pirotecnia de Viacha habría sido decomisada hace varios años. Defensa no ha precisado cuándo, cuánta ni bajo qué orden llegó al cuartel, y su primer comunicado reconoce que todavía no establece la cantidad almacenada.
Del decomiso al cuartel: lo que manda el reglamento
Fuente: Reglamento de la Unidad de Material Bélico (2008), Ley 400 (2013), Ministerio de Defensa. Elaboración: El PostDecomiso con acta
Lugar, fecha, motivo, origen, cantidad y descripción del material, firmada por la autoridad y el dueño.Art. 124
Noventa días en depósito
En un almacén "que cumpla con todas las normas de seguridad" del reglamento, mientras se investiga.Art. 125
Destrucción o transferencia a una unidad militar
Si nadie regulariza el material, el Director General de Logística ordena destruirlo o transferirlo "a unidades militares, de acuerdo a la necesidad y con carácter definitivo".Art. 125
Desde 2013, la ley suma un destino
La Ley 400 ordena registrar el material confiscado al recibirlo y destruirlo en acto público con certificación de laboratorio y resolución fundamentada.Ley 400, art. 13; DS 2175, art. 36
2024: Defensa destruye lo que envejeció guardado
Por RM 0360 destruye en Santivañez pirotecnia y explosivos adjudicados por la Aduana entre 2020 y 2023, por ser "riesgo inminente para las áreas de almacenamiento y las comunidades cercanas".Ministerio de Defensa, 16 dic 2024
Viacha: en qué paso quedó
Según Justiniano, parte de la pirotecnia habría sido decomisada hace varios años. Falta la fecha del decomiso, la orden de transferencia y la constancia de que el almacén cumplía las normas.
Qué sigue: El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, pidió una investigación célere, transparente e imparcial. Con la documentación disponible, la pericia anunciada por Justiniano y la causa que abrió la Fiscalía deberían poder establecer:
- Cuánto material había, de qué tipo y a qué distancia estaban las casas más cercanas.
- Si existían planos aprobados y registro de entradas y salidas.
- Cuándo y por qué orden llegó el decomiso al cuartel, y si el material había sido evaluado por deterioro.
- Qué norma regía ese depósito: el reglamento de 2008, el interno del Ejército u otra.
