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Quiénes se benefician del “Perdonazo Tributario” y qué requisitos deben cumplir

Lo esencial: El Gobierno definió que el nuevo “perdonazo tributario” beneficiará a gremiales, transportistas, artesanos y cuentapropistas con deudas menores a Bs 10 millones, con la promulgación prevista para “próximas horas”.

Por qué importa: Más de 82.000 ciudadanos con deudas antiguas —donde las multas e intereses superaron el capital original— podrán sanear su situación fiscal y recuperar activos embargados.

  • La medida ofrece una vía para que la economía informal se formalice sin enfrentar sanciones exponenciales acumuladas durante años.

Perdonazo tributario: quiénes se benefician y bajo qué condiciones

Fuente: Ministerio de Economía de Bolivia · Datos al 26/05/2026

+82.000

pequeños contribuyentes beneficiados estimados

Bs 700.000 M

cartera tributaria acumulada considerada en gran parte

incobrable

Requisito principal — monto máximo de deuda

Menor a Bs 10.000.000

Deudas iguales o superiores a este monto quedan excluidas del beneficio

Quiénes califican

Gremiales Transportistas Artesanos Pequeños negocios Trabajadores por cuenta propia Emprendedores Pequeños contribuyentes Personas con deudas tributarias antiguas

Qué deudas entran y qué se perdona

Perdón total

Deudas generadas hasta el 31/12/2017

  • Eliminación total de la deuda
  • Se condona el capital
  • Se eliminan los intereses
  • Se eliminan las multas
  • Aplicación por única vez
Perdón parcial

Deudas generadas desde 2018

  • El capital no se elimina
  • Se perdonan multas
  • Se perdonan intereses
  • Se perdonan recargos
  • Plan de pagos disponible
  • Hasta 24 cuotas

Beneficio automático vs. requiere trámite

Beneficio automático
  • Deudas menores a Bs 10.000.000
  • Deudas antiguas (hasta 2017)
  • Multas e intereses eliminados
  • Posible extinción total de deuda
  • Cierre administrativo del caso
  • Prescripción de sanciones
Requerirán trámite
  • Deudas posteriores a 2017
  • Capital tributario aún exigible
  • Procesos coactivos abiertos
  • Planes de pago pendientes
  • Reactivación o actualización de NIT
  • Presentación de declaraciones omitidas

Beneficios adicionales posibles

Levantamiento de embargos

Desbloqueo de cuentas

Suspensión de procesos coactivos

Regularización tributaria

Reingreso a la formalidad

120 días

Plazo para acogerse al programa Desde la aprobación y entrada en vigencia de la ley. Vencido el plazo, no se podrá acceder al beneficio.

Objetivos oficiales del gobierno

Formalizar contribuyentes

Reducir presión tributaria

Recuperar actividad económica

Simplificar el sistema tributario

Reincorporar negocios al sistema formal

Posibles exclusiones (pendiente de reglamentación)

Grandes empresas Evasión dolosa Fraude tributario Procesos penales tributarios Deudas mayores a Bs 10.000.000

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) aún debe emitir reglamentación sobre validación de datos, actualización de NIT y mecanismos de notificación.

Qué dicen: Las autoridades enfatizan el carácter popular de la medida.

  • “Este plan no es para los ricos; es para gremiales, cuentapropistas, artesanos y transportistas que viven del día”, afirmó Rodrigo Paz.
  • “El objetivo es perdonar para reincorporar… permitiendo que quienes accedan al programa puedan reactivar su actividad y obtener un NIT”, señaló Gabriel Espinoza, ministro de Economía.

Sí, pero: La medida genera tensiones entre distintos sectores de contribuyentes.

  • Los contribuyentes cumplidores sienten que se premia el incumplimiento frente a su esfuerzo por pagar a tiempo.
  • Se genera un “incentivo moral” donde la gente podría esperar futuras amnistías para no pagar, afectando la cultura tributaria.

Qué sigue: Tras la promulgación, el SIN debe emitir la reglamentación que defina qué impuestos entran, los formularios necesarios y los cronogramas exactos. Se recomienda a los contribuyentes verificar su estado en las plataformas del Servicio de Impuestos apenas se publique.

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