Cuatro ministerios interinos se fusionarán, pero requiere ley
El Post
Lo esencial: El presidente Rodrigo Paz designó 14 ministros para 18 carteras de Estado y anunció la absorción inmediata de cuatro ministerios que están bajo interinato, pero para ello se requiere modificar la Ley 3351 de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) de 2006.
Por qué importa: La reducción del gabinete es un compromiso del actual gobierno para posibilitar un ahorro de recursos en un contexto de aguda crisis económica del país.
Los ministerios afectados: Cuatro carteras con nombramientos interinos serán absorbidas en la reestructuración y por ahora otros ministros asumen interinamente su conducción.
- Desarrollo Rural y Tierras (interino: José Luis Lupo Flores, Ministro de la Presidencia).
- Minería y Metalurgia (interino: Sergio Medinacelli, Ministro de Hidrocarburos).
- Desarrollo Productivo y Economía Plural (interino: Oscar Mario Justiniano, MInistro de Medio Ambiente).
- Culturas, Descolonización y Despatriarcalización (interino: Freddy Vidovic, Ministro de Justicia).
El marco legal: Existen dos vías jurídicas para formalizar la reducción de ministerios, cada una con diferentes niveles de estabilidad institucional.
- Vía definitiva: Modificar la Ley 3351 (LOPE) mediante propuesta del Presidente o la Asamblea, con aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
- Vía temporal: Decreto Supremo del Presidente para fusionar o eliminar ministerios, siempre que no contravenga la LOPE u otras leyes específicas.
- Precedente: En 2020 se redujo de 20 a 17 ministerios mediante Decreto Supremo 4257.
Qué dicen: El ministro de la Presidencia, José Luis Lupo Flores, quien también es interino en Desarrollo Rural y Tierras, confirmó que “los interinos son ministerios que se van a absorber en una reestructuración del Poder Ejecutivo en los próximos días”.
Qué sigue: Los ministros designados organizarán sus despachos para tratar en una segunda sesión de gabinete las salidas a la crisis económica e institucional que enfrenta el país, mientras se define si la reestructuración se consolidará mediante modificación de la Ley 3351 o se mantendrá temporalmente vía Decreto Supremo.
