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Juez niega tutela y el decreto que autoriza a Paz a gobernar a distancia sigue vigente

Lo esencial: La Sala Constitucional Tercera de El Alto rechazó otorgar la tutela solicitada en un amparo contra el Decreto Supremo 5515, que autoriza al presidente Rodrigo Paz a ejercer funciones desde el exterior mediante medios tecnológicos.

  • La decisión se asumió tras una audiencia realizada este martes y mantiene vigente la norma.

Por qué importa: El rechazo de la tutela deja sin efecto la suspensión del decreto y traslada el pronunciamiento de fondo sobre su constitucionalidad al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que deberá definir si la norma se ajusta o no a la Constitución Política del Estado (CPE).

Los hechos: La acción fue planteada como un amparo constitucional y analizada por la Sala Constitucional Tercera, que evaluó tanto la admisión como el fondo del reclamo.

  • El recurso fue presentado por el abogado Wilmer Juan Vásquez Flores contra el Decreto Supremo 5515.
  • La Sala admitió inicialmente la acción tras la subsanación de observaciones formales y fijó audiencia para este 20 de enero.
  • Durante la audiencia, el tribunal resolvió rechazar la acción popular por considerar que el mecanismo utilizado no era el idóneo.

Qué dicen: Las posiciones expuestas durante el proceso se centraron en la constitucionalidad del decreto y la vía procesal empleada.

  • El accionante sostuvo que el Decreto 5515 es inconstitucional, vulnera la independencia de poderes y que disposiciones de este tipo deberían ser debatidas y aprobadas en una instancia constituyente.
  • La Sala consideró que el cuestionamiento se refiere a una norma vinculada directamente con disposiciones constitucionales y que debía plantearse mediante otra acción constitucional.

Contexto: El DS 5515, promulgado el 29 de diciembre, establece que el Presidente mantiene las atribuciones previstas en el artículo 172 de la Constitución y puede ejercerlas mediante plataformas tecnológicas cuando se encuentre fuera del territorio nacional de manera temporal.

Qué sigue: Con el rechazo de la tutela, la controversia jurídica sobre el Decreto Supremo 5515 queda en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional, que deberá emitir un pronunciamiento de fondo sobre su constitucionalidad.

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