FFAA contra el crimen organizado, un rol con décadas en Bolivia
Lo esencial: El Consejo Supremo de Defensa aprobó el 7 de octubre un anteproyecto de ley para que las Fuerzas Armadas actúen de forma excepcional contra el crimen organizado transnacional, un rol con precedentes en Bolivia desde fines de los años 80.
Por qué importa: El alcance real de la medida dependerá de las condiciones y controles que fije el texto, aún no conocido públicamente: dónde, por cuánto tiempo y bajo qué supervisión podrán actuar los militares, frente a lo que mostraron las experiencias previas.
El historial: El historial: Desde la Ley 1008 de 1988, una sucesión de leyes, decretos y planes asignó a los militares tareas de erradicación de coca, prevención del delito y control de fronteras contra el contrabando.
FFAA y seguridad interna: los antecedentes
Normas y planes que dieron a los militares tareas contra el narcotráfico, el delito y el contrabandoLey 1008
Sienta la base de la participación militar en la lucha antidrogas.
Anexo II de la Ley 1008
Compromete $us 33,23 millones de Estados Unidos para operaciones antidrogas de las FFAA durante ese año.
Plan Dignidad crea la Fuerza de Tarea Conjunta
Con cerca de 1.500 militares y 500 policías, es la primera vez que el Ejército asume la erradicación forzosa de coca.
Plan Ciudadela
Habilita a las FFAA en tareas de prevención del delito en apoyo de la Policía.
Decreto Supremo 354
Autoriza a los militares a coadyuvar a la Policía en la prevención de la delincuencia y la seguridad interna.
Ley 100
Encarga a las FFAA ejecutar los planes de seguridad en las fronteras.
Ley 1053
Faculta a las FFAA a usar armas de fuego en operativos contra el contrabando.
Despliegue en fronteras
Más de 8.000 militares son desplegados en puntos fronterizos y pasos clandestinos contra el contrabando.
Anteproyecto del Cosdep
Plantea una participación excepcional y temporal de las FFAA, bajo autoridad civil, contra el crimen organizado transnacional y el narcoterrorismo. Debe pasar por la Udape y la Asamblea.
Lo nuevo: Según la Resolución Administrativa Cosdep 01/2026, la intervención militar será excepcional, temporal, subsidiaria, bajo autoridad civil y sujeta a rendición de cuentas, y deberá sustentarse en una amenaza verificable.
- Las normas previas regulaban ámbitos concretos, como la coca, la delincuencia común o las fronteras; esta apunta a amenazas graves del crimen organizado transnacional, el narcoterrorismo y, según La Patria, la minería ilegal.
Sí, pero: El artículo 244 de la Constitución asigna a las FFAA la defensa de la independencia, la seguridad y la estabilidad del Estado, sin mencionar el crimen organizado; el presidente Rodrigo Paz sostiene que la coordinación con la Policía tiene respaldo constitucional.
- Las experiencias previas dejaron costos documentados: un estudio del Instituto Francés de Estudios Andinos describe tensiones institucionales cuando la Fuerza de Tarea Conjunta desplazó a la FELCN, y el Viceministerio de Lucha contra el Contrabando contabiliza 16 militares fallecidos en operativos desde 2018.
Qué sigue: La Udape tiene plazo hasta el 14 de octubre para revisar los cuatro anteproyectos del Cosdep. Luego pasarán a la Asamblea, donde la Comisión de Defensa de Diputados ya anticipó su respaldo.
