La medida de EEUU contra Mariaca: qué alcance tiene en Bolivia
Lo esencial: La designación del Departamento de Estado impide al fiscal general Roger Mariaca y a su familia directa entrar a EEUU; en Bolivia no produce efectos jurídicos por sí misma, y cualquier cambio en su situación dependería de instituciones bolivianas.
Por qué importa: La acusación recae sobre quien dirige la persecución penal del país, incluidos los casos de narcotráfico, las extradiciones y la cooperación judicial con otros Estados. Distinguir lo que decidió Washington de lo que solo pueden decidir las instituciones bolivianas es clave para leer la medida.
Qué es la medida de EEUU: Es una decisión administrativa del Departamento de Estado, que la norma estadounidense obliga a adoptar cuando existe «información creíble» de corrupción significativa; no es un fallo judicial y solo restringe el ingreso a ese país.
- El comunicado no difundió la evidencia que la sustenta. La designación no tiene plazo de vencimiento, aunque el secretario de Estado puede dispensarla por razones de interés nacional o si cambian las circunstancias que la motivaron.
Qué dice la ley boliviana: La Ley del Ministerio Público fija las causales para que un fiscal deje el cargo, entre ellas una sentencia ejecutoriada, la incapacidad o la renuncia; una sanción de otro país no figura en esa lista.
- Como alta autoridad, el fiscal general tiene un régimen propio: la ley lo excluye del sistema disciplinario de la Fiscalía y asigna a la Asamblea Legislativa la competencia sobre hechos cometidos en el ejercicio del cargo.
El proceso en la Asamblea: Cualquier persona puede denunciar al fiscal general ante la presidencia de la Cámara de Diputados; su Comisión de Justicia Plural investiga y recomienda acusarlo o archivar el caso.
- Si el pleno de Diputados aprueba la acusación por mayoría absoluta, el fiscal general queda suspendido y el Senado lo juzga. Con dos tercios de votos, la sentencia lo destituye y remite el caso a la justicia penal; sin ellos, es absuelto y restituido en el cargo.
El proceso en la Asamblea contra un fiscal general, paso a paso
Por hechos cometidos en el ejercicio del cargoDenuncia
Se presenta ante la presidencia de la Cámara, que la deriva a la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado.
Informe preliminar
Un comité de la Comisión recomienda abrir la investigación, rechazar la denuncia o enviarla a otra jurisdicción si los hechos no corresponden al cargo; la Comisión decide.
Investigación
Concluye con una recomendación: presentar un proyecto de acusación al pleno o sobreseer al denunciado.
Votación de la acusación
Si se aprueba, el fiscal general queda suspendido de forma temporal y es reemplazado mientras dura el juicio. Si no, el caso se archiva.
Juicio y sentencia
El Senado actúa como tribunal. Una sentencia sancionatoria necesita dos tercios de votos; si no los alcanza, es absolutoria.
Apelación
La sentencia sancionatoria puede apelarse. Para modificarla se requieren dos tercios; si no se alcanzan, queda firme.
Los tres desenlaces posibles
Los otros escenarios: Mariaca puede presentar su renuncia en cualquier momento; si lo hace durante un proceso en la Asamblea y antes de la sentencia, el caso se archiva, aunque los legisladores pueden remitir los antecedentes a la Fiscalía.
- Por hechos ajenos a sus funciones respondería ante la justicia ordinaria, y una sentencia ejecutoriada lo haría cesar automáticamente en el cargo.
- Si no se activa ninguna de estas vías, su periodo de seis años concluye en 2030.
- Si el cargo queda vacante, lo asume de forma interina un fiscal departamental o superior según su antigüedad, y la Asamblea debe designar a un titular, con dos tercios de votos, en un plazo máximo de tres meses.
- Tres de los sancionados por EEUU ocupan esos rangos: el fiscal departamental de Santa Cruz, Alberto Zeballos, y los fiscales superiores Martín Irusta y Álvaro Nava.
Qué sigue: Hasta el cierre de esta nota, ni Mariaca ni el Gobierno ni la Asamblea Legislativa se habían pronunciado sobre la medida.
Fuentes: Ley 260 del Ministerio Público; Ley 044 de juzgamiento de altas autoridades, modificada por la Ley 612; Sección 7031(c) de la ley de presupuesto del Departamento de Estado de EEUU para 2026; comunicado del Departamento de Estado del 28 de septiembre de 2026.
