Qué faculta la ley al TSJ y qué hizo Saucedo en el caso Beller
Lo esencial: El presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, ordenó al juez del caso Beller que no declare la investigación en reserva, después de que una fiscal lo anunciara y de que la propia víctima lo rechazara. También le instruyó atender los requerimientos del Ministerio Público las 24 horas.
Por qué importa: La ley pone en manos del juez de la causa la decisión sobre la reserva, y en las del Ministerio Público el pedido. La orden llegó desde una autoridad que no tiene competencia en el proceso, en un caso que involucra al entorno del presidente Rodrigo Paz.
Qué dice la ley
- El artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial faculta a la Sala Plena del TSJ a emitir cartas acordadas y circulares, instrumentos de alcance general. Sus dieciséis atribuciones se refieren a competencias, designaciones, jurisprudencia y reglamentos.
- El artículo 40 lista doce atribuciones del presidente del TSJ. La única referida a los juzgados es velar por la correcta y pronta administración de justicia en todos los Tribunales Departamentales y juzgados públicos del país.
- El artículo 3 define la imparcialidad como que los asuntos de conocimiento de las autoridades jurisdiccionales se resuelvan sin interferencia de ninguna naturaleza. El artículo 74 asigna el control de la investigación al juez de instrucción penal, y el 27 fija como causal de excusa y recusación la amistad íntima con alguna de las partes, aplicable a quien conoce la causa.
Qué dicen Saucedo justificó su intervención el martes en conferencia de prensa. Dijo que actuó “tomando conocimiento en la Sala Plena” y con el mandato de transmitir solidaridad a Beller, y que “detrás de este cargo hay un ser humano que también tiene amistades”, según declaraciones difundidas por Cabildeo Digital.
- Los periodistas Amalia Pando y Cacho Herrera cuestionaron la actuación este miércoles en su programa Cabildeo Digital.
- Pando sostuvo que el pedido de Saucedo al Tribunal Departamental cruceño configura “tráfico de influencias público” y que el presidente del TSJ “no puede meterse en un tema de (intento) de feminicidio”.
- Herrera planteó que las declaraciones parecen buscar anticiparse a que las llamadas del magistrado aparezcan en la investigación.
- Nadia Beller rechazó públicamente el anuncio de reserva y pidió acceso a la investigación por el atentado que sufrió el lunes en Santa Cruz.
El antecedente clave: En febrero de 2026, el expresidente del Estado y de la Corte Suprema Eduardo Rodríguez Veltzé advirtió públicamente a Saucedo que “los jueces, sobre todo el Presidente del Tribunal Supremo, deben evitar comentarios que reflejen parcialidad sobre controversias o polémicas públicas ajenas a su competencia y que eventualmente pueden resolverse”.
- Fue tras un pronunciamiento del magistrado sobre el debate del 50/50 con las regiones.
Sí, pero: El artículo 3 también consagra la publicidad de los actos judiciales, salvo reserva fundada en ley, y el Estado boliviano asumió por norma el deber de debida diligencia reforzada en casos de violencia contra las mujeres.
- La decana Rosmery Ruiz, que acompañó a Saucedo, pidió imparcialidad y aplicar la ley “caiga quien caiga”.
- Ninguna institución había objetado formalmente esta actuación hasta el cierre de esta nota.
Qué sigue: El juez cautelar debe resolver la situación jurídica de Fernando Cerimedo. El Consejo de la Magistratura, responsable del régimen disciplinario del Órgano Judicial, no se ha pronunciado sobre la actuación del presidente del TSJ.
