Diésel: la brecha de Bs 8,20 concentra las críticas al decreto
Lo esencial: El Decreto Supremo 5676, promulgado el 16 de agosto, recibió en su primer día de vigencia reacciones de productores agropecuarios, economistas y dirigentes políticos, con los reparos concentrados en el precio referencial de Bs 18 por litro.
Por qué importa: El margen frente al precio regulado de Bs 9,80 es de Bs 8,20 por litro —un 83,7% más, según el cálculo de Codepro— y recae sobre las empresas, industrias y productores que compran por volumen.
- Lo que está en discusión es si el nuevo esquema mejora el abastecimiento o solo redistribuye quién paga el costo del diésel importado.
Qué dicen
- El Comité de Defensa del Productor (Codepro), que representa a pequeños y medianos productores agropecuarios de Santa Cruz, sostiene que la brecha puede convertirse en un “precio ancla” para la comercialización irregular y acusa a YPFB y a la ANH de burocracia y “cupos oscuros”, sin adjuntar pruebas en su pronunciamiento.
- El economista Gonzalo Chávez afirma que la medida tiene sentido económico, pero que una brecha de ese tamaño crea un incentivo fuerte para comprar subvencionado y revender; propone trazabilidad digital con B-SISA y análisis de datos, y advierte un segundo riesgo: el traslado del costo a fletes y alimentos.
- El ministro de Hidrocarburos, Marcelo Blanco, defendió la norma: “Lo único que estamos haciendo es sincerar el precio”, y aclaró que no eliminará las filas de inmediato porque se trata de una transición, con la expectativa de que aumente la oferta privada.
Lo que dice el decreto y lo que no
- El Artículo 1 fija como objeto disminuir la carga fiscal asociada al costo de las importaciones de combustibles de YPFB. El combate al contrabando y a la especulación aparece en la explicación oficial, no en el texto de la norma.
- El precio referencial inicial es de Bs 18,00 por litro con IVA incluido, y el decreto define su composición solo como costos de importación e impuestos. La referencia al Brent la dio el ministro Blanco; la norma no la menciona.
- La ANH debe publicar el precio referencial diariamente en su página institucional. El decreto no habla de actualización semanal.
- El texto no define los rangos de volumen de usuario directo, cliente directo y GRACO, ni contiene la regla del volumen excedente al consumo habitual; ambas precisiones vienen de la explicación oficial y de normativa previa.
- El mismo decreto difiere a 0% el gravamen arancelario hasta el 31 de diciembre de 2027 para importar gasolinas de automóviles, no diésel, y deroga una disposición final del DS 5644, la norma que en junio habilitó de manera excepcional la importación privada de derivados.
Adónde va el diferencial: El Artículo 4 dispone que la diferencia entre el precio referencial y el precio mayorista del DS 5516, en las ventas de diésel a usuarios directos, se deposite a favor de YPFB a nombre de las estaciones de servicio.
- El surtidor no retiene ese margen: lo transfiere a la estatal, que tiene hasta cinco días hábiles para fijar el procedimiento, los plazos y las condiciones.
El telón de fondo, antes del decreto
- Codepro ya había declarado el viernes estado de emergencia en las zonas productivas y exigido la liberación total y definitiva del mercado de combustibles, con tasa cero para la importación, cuestionando que las normas de junio mantengan la obligación de contratar con YPFB. Fijó un plazo de 72 horas para instalar una mesa de trabajo, bajo advertencia de protestas.
- La CAO y la Cainco informaron el viernes que las estaciones de servicio de Santa Cruz reciben apenas el 30% del volumen que necesitan para operar con normalidad, que el agro usa 16% del diésel disponible para generar 77% de los alimentos del país y que Bolivia importa 9,5 de cada 10 litros de diésel que comercializa.
- Anapo calcula 950.000 hectáreas en cosecha, con 2,5 millones de toneladas de sorgo, maíz, trigo y girasol, y un movimiento económico superior a $us 1.000 millones.
- El Comité pro Santa Cruz pidió autorizar por ley que los surtidores privados importen combustible de forma directa, sin subvención ni intermediación de YPFB; su primer vicepresidente, Agustín Zambrana, sostuvo que “el modelo YPFB estatista fracasó y colapsó”.
- El gobernador Juan Pablo Velasco anunció que avanzará en un esquema de importación con privados “con o sin decreto”.
Entre líneas: El decreto opera sobre el precio y sobre las cuentas de YPFB; los reclamos de esta semana son sobre volumen. YPFB atribuye las dificultades recientes a causas operativas y logísticas, mientras Codepro sostiene que el origen está en el modelo de administración de la estatal.
Qué sigue: El Ministerio de Hidrocarburos tiene hasta cinco días hábiles desde la publicación para aprobar por resolución ministerial la metodología del precio, y la ANH cinco días hábiles más para su resolución administrativa.
- Los surtidores tienen dos días hábiles para adecuar su facturación y, mientras eso ocurra, los usuarios directos solo pueden comprar en plantas de almacenaje de YPFB o YPFB Logística.
- Los cívicos cruceños están reunidos hoy con el presidente de YPFB, Sebastián Daroca, con los cuatro bloques regionales, provincias, municipios y sectores productivos; Zambrana anticipó que de ahí saldría una decisión del sector.
