Evo Morales en un anterior acto político en el Trópico. Foto: RKC

La traba constitucional que impide apelar y complica juzgar a Evo por el caso Las Américas

Lo esencial: El abogado penalista Gary Prado planteó que juzgar a Evo Morales por el caso Hotel Las Américas exige reformar antes la Constitución, porque esta somete a un expresidente a un juicio de responsabilidades que se resuelve en una sola instancia, sin posibilidad de apelar la sentencia.

Por qué importa: Define si la principal promesa de justicia del caso —procesar a los máximos responsables— es viable ahora o queda suspendida por años.

  • Reformar la Constitución no es un trámite rápido, exige aprobación en la Asamblea y un referéndum, de modo que cualquier sentencia contra un expresidente quedaría postergada y la decisión pasaría al terreno político.

Contexto: El 16 de abril de 2009, un operativo policial-militar asaltó el Hotel Las Américas, en Santa Cruz, y mató a tres extranjeros —Eduardo Rózsa, Árpád Magyarosi y Michael Dwyer— mientras detenía a otros dos.

  • El gobierno de Evo Morales lo presentó como el desbaratamiento de un plan separatista y armado; las víctimas y organismos internacionales denunciaron ejecuciones y torturas.
  • En 2022, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizó al Estado boliviano y remitió el caso a la Corte IDH.

Qué es un juicio de responsabilidades: A un expresidente o exvicepresidente no se lo procesa en un tribunal común por los delitos cometidos durante su mandato. La Constitución reserva ese juzgamiento al Tribunal Supremo de Justicia y exige que la Asamblea Legislativa lo autorice por dos tercios de los presentes.

El nudo legal: dos normas que se contradicen

Fuente: El Post, con base en la Constitución (art. 184, numeral 4), la Ley 044 y la Convención Americana de DD.HH. (art. 8.2, inciso h)
Norma Qué establece Efecto en un juicio a un expresidente
Constitución, art. 184, num. 4 Juicio ante el Tribunal Supremo en única instancia y sin recurso ulterior (la sentencia no se puede apelar) La sentencia no se puede apelar
Ley 044 (2010) Repite la única instancia ante el Tribunal Supremo en pleno Refuerza la ausencia de apelación
Convención Americana, art. 8.2, inc. h Derecho de toda persona a recurrir el fallo ante un tribunal superior (doble instancia) Todo condenado debe poder apelar
El choque La norma interna contradice el tratado internacional Riesgo de nulidad por “inconvencionalidad”, según juristas

El riesgo que señala Prado: El penalista sostiene que condenar a Morales sin darle la posibilidad de apelar dejaría el proceso expuesto a la "inconvencionalidad", el conflicto entre una norma interna y un tratado de derechos humanos que Bolivia se comprometió a cumplir.

  • Si eso ocurre, un tribunal internacional podría considerar que se violó el debido proceso y anular todo el juicio; por eso propone reformar antes la Constitución y la Ley 044, someterlas a referéndum y recién después solicitar el proceso.

Quién lo plantea: Gary Prado Araúz no es un observador neutral. Fue abogado defensor de varios acusados del llamado caso terrorismo, entre ellos su padre, el general Gary Prado Salmón, uno de los procesados. Su lectura del caso llega desde esa posición.

El antecedente clave: El problema fue advertido hace más de una década.

  • En 2015, al debatirse una reforma a la Ley 044, el senador Efraín Chambi y el constitucionalista William Bascopé ya alertaron que juzgar en única instancia exponía a Bolivia a demandas internacionales por vulnerar el debido proceso.

Sí, pero

  • Los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles: la demora no extingue la responsabilidad de los autores, según sostiene el propio Prado.
  • La reforma alcanzaría a todos los juicios de responsabilidades pendientes —incluidos los de Sánchez de Lozada y Carlos Mesa—, no solo al de Morales.
  • No está confirmado que Morales figure en la denuncia contra los 153 presentada este mes; para él y para García Linera, la vía del juicio de responsabilidades es por ahora un planteamiento, no un proceso abierto.

Qué sigue: La Fiscalía de Santa Cruz observó errores en la denuncia contra los 153 acusados y dio un plazo para corregirla. En paralelo, según Prado, la Corte IDH tramitaría desde noviembre un juicio contra el Estado boliviano por el caso. La reforma constitucional que él plantea no tiene todavía ni un proyecto presentado.

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