Sánchez Berzaín y octubre de 2003: qué resolvió la justicia y qué no
Lo esencial: Una Sala Constitucional de Cochabamba concedió una acción de libertad a Carlos Sánchez Berzaín, exministro de Gonzalo Sánchez de Lozada, y declaró la “nulidad de pleno derecho” de la apertura del juicio de responsabilidades que lo procesaba por la represión de octubre de 2003. El fallo no está firme.
Por qué importa: El fallo ya circula con dos lecturas opuestas: la que lo presenta como una simple corrección de garantías procesales y la que lo celebra como el fin de una “persecución política”.
- Separar lo que resolvió el tribunal de lo que cada bando interpreta es lo que evita quedar capturado por una versión antes de tener los hechos.
Octubre de 2003: 23 años de un proceso que hoy se anula
El Post · con base en la sentencia del juicio de responsabilidades (2011), Amnistía Internacional, la Clínica de DD.HH. de Harvard/CCR y reportes de prensa (2026)“Octubre negro” o guerra del gas
La represión estatal a las protestas deja al menos 64 muertos y más de 400 heridos, la mayoría en El Alto. El 17 de octubre, Gonzalo Sánchez de Lozada renuncia y huye; su ministro Carlos Sánchez Berzaín sale con él y recibe asilo en Estados Unidos.
Bolivia pide la extradición; EE.UU. la niega
El Estado boliviano solicita formalmente la extradición de ambos para que enfrenten el proceso. El Departamento de Estado de EE.UU. rechaza el pedido pese al tratado vigente. La extradición nunca se concede.
Sentencia del juicio de responsabilidades
El Tribunal Supremo de Justicia condena a cinco jefes militares (10 a 15 años, por genocidio) y a dos exministros (3 años). Sánchez de Lozada y Sánchez Berzaín son imputados pero no juzgados: la ley boliviana prohíbe el juicio en ausencia.
La vía civil en Estados Unidos
Un jurado federal en Florida halla a ambos responsables (2018) por la muerte de ocho personas. Tras años de apelaciones, en 2023 acuerdan indemnizar a las familias de las víctimas.
Una Sala Constitucional anula el juicio
Una Sala Constitucional de Cochabamba concede una acción de libertad a Sánchez Berzaín y declara la nulidad de la apertura del juicio de 2009. El fallo no absuelve, beneficia solo a los recurrentes y no está firme: debe pasar la consulta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Dos relatos sobre el mismo fallo
- El relato técnico, que domina en la cobertura de agencia, se ciñe a lo que dice la resolución: hubo vulneración de garantías y por eso se anula la apertura del juicio. Es exacto, pero deja sin dimensionar el caso de fondo.
- El relato político, que impulsa el propio Sánchez Berzaín y reproducen medios afines, presenta el fallo como prueba de una “persecución política judicializada” y de un supuesto “golpe” en 2003. Es una interpretación de parte, no una conclusión del tribunal.
Lo que sí resolvió el tribunal: La sentencia anula la apertura del juicio de 2009 por defectos procesales y ordena cesar los mandamientos de aprehensión contra los ex ministros que presentaron el recurso. No absuelve a Sánchez Berzaín, no se pronuncia sobre su responsabilidad en las muertes de 2003 y beneficia solo a quienes recurrieron.
Qué dicen
- Voces de las víctimas y organismos de derechos humanos rechazaron la acción de libertad antes del fallo: el exdirigente alteño Roberto de la Cruz la calificó de “afrenta” a las víctimas y anunció movilizaciones.
- La Comisión de Derechos Humanos de Bolivia pidió reabrir el caso, al recordar que los principales acusados siguen prófugos.
- El abogado de las víctimas, Freddy Ávalos, sostiene que delitos como el genocidio son imprescriptibles y que el proceso sigue vigente mientras los acusados estén declarados en rebeldía.
- Sánchez Berzaín, desde el exilio, afirma desde hace años que el juicio es una “persecución política” y que la amnistía dictada por Carlos Mesa en 2003 dejó impunes a otros responsables.
Lo que el fallo no resuelve: Aun si queda firme, no cambia la situación de Sánchez Berzaín, asilado en Estados Unidos desde 2003, ni reactiva por sí solo su extradición.
- Y para las familias de las víctimas —que en 2018 lograron que un jurado de Florida hallara responsables a Sánchez de Lozada y a Sánchez Berzaín, y en 2023 acordaron una indemnización— reabre una pregunta de fondo: si el único proceso que condenó a autoridades por octubre de 2003 puede deshacerse por la vía constitucional.
Qué sigue: La sentencia tiene aplicación inmediata, pero debe pasar la consulta de oficio ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, que revisará su validez. La parte querellante aún puede recurrir. Recién esas instancias definirán si la anulación se consolida o se revierte.
